Exigir al Director Ejecutivo Seccional Bogotá y Cundinamarca, y al resto de directores de cada seccional medida perentoria para el reconocimiento y pago de salarios y prestaciones sociales es una obligación de ASOJUDICIALES.

Los miembros del sindicato de jueces independientes, ASOJUDICIALES, a través del representante legal, debemos reclamar la aplicación del principio de igualdad constitucional que obliga a la Rama Judicial, a detenerse en la diferenciación que de hecho milita entre el grupo de jueces y empleados de la Rama Judicial, que están participando en el paro judicial ya que ASOJUDICIALES, no forma parte del grupo mayoritario.

Es forzoso expresar que en la actual coyuntura por la que atraviesa la Rama Judicial, caben diversas exégesis y sentires.

Los motivos que provocaron el paro judicial, son razonables y ecuánimes, ya que el trato desigual y discriminatorio que el Consejo Superior de la Judicatura, el Ministro de Justicia, el Ministro de Hacienda, y ahora la Contraloría General de la República, tienen con los jueces y empleados del país, respecto al reconocimiento y pago del salario y prestaciones sociales, es violatorio de los imperativos clásicos de la igualdad frente a la ley.

Sin embargo, quienes formamos parte de ASOJUDICIALES, como jueces independientes, concebimos el servicio de la Administración de Justicia, dentro de la organización socio-política, desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo.

Esencialmente, sabemos que Administrar Justicia tiene sobrentendido el principio constitucional del servicio esencial, que asume como solución gestionar el mayor bienestar de la comunidad colombiana. Entonces, las dilaciones indebidas en el curso de los diferentes procesos desvirtúan la eficacia de la justicia.

Empero, le incumbe al Director Ejecutivo Seccional de Bogotá y Cundinamarca y al resto, detenerse en el tema de las diferencias, al momento de ejecutar el comunicado de prensa del Consejo Superior de la Judicatura, sala administrativa, pues es irracional y disparatado que los miembros de ASOJUDICIALES, que no estamos participando en el paro judicial, debamos sobrellevar los resultados del freno judicial, cuando jamás hemos sido participantes o colaboradores.

Las normas actuales sobre los derechos humanos de las personas, permiten suponer que el Director Ejecutivo Seccional de Bogotá y Cundinamarca, y restantes directores, tienen la obligación de remover las barreras que impiden la plena inclusión laboral de los miembros de ASOJUDICIALES, en el reconocimiento y pago  del salario y prestaciones sociales, según la ley laboral; ámbito que cobra especial relevancia en el modelo social previsto en la Carta Política, artículos 1º y 2º, en especial respecto de la eficacia de los derechos constitucionales, como la dignidad humana, el derecho al trabajo remunerado, la igualdad y la autonomía e independencia judicial.

Bajo este modelo, el problema jurídico sería de discriminación y estigmatización, pues ASOJUDICIALES, no está participando en el paro judicial. Sin embargo, surge el ambiente laboral que desconoce la situación real creando un impacto negativo, que los miembros, jueces independientes, no están en capacidad moral, física y humana de soportar.

En otras palabras, ASOJUDICIALES está en total estado de indefensión, pues el ambiente laboral es incompatible con la realidad, los tratados internacionales, la Carta Política y la legislación.

Entonces, al Director Ejecutivo Seccional de Bogotá y Cundinamarca, respeto de la capital de Colombia, y restantes directores de cada Seccional, les incumbe facilitar y aliviar la vida laboral de los jueces miembros de ASOJUDICIALES.

De lo contrario el comunicado de prensa de la sala administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, que creó contextos negativos y de exclusión de los jueces que sí laboramos, pero seguimos sujetos a que exista plena atención del público, cuando no nos incumbe garantizar ese escenario, será consumado sin diferenciación, en contravía de los derechos fundamentales constitucionales.

La suscrita juez, presume que el Director Ejecutivo de la Rama Judicial seccional Bogotá y Cundinamarca, y resto de directivos, conocen la jurisprudencia constitucional respecto del paradigma de trato igual a los iguales y desigual a los desiguales.

Los jueces independientes de ASOJUDICIALES, no tienen por qué soportar cargas administrativas impuestas por fuera de la Legislación, como esperar sentados a que algún día el Consejo Superior de la Judicatura sala administrativa, adelante las “gestiones necesarias” para garantizar la normal prestación del servicio de Administración de Justicia, cuando real y ciertamente, no se conocen cuáles han sido esas gestiones serias, salvo el comunicado de diciembre 11 del 2014.

ASOJUDICIALES, tiene una filosofía constitucional y laboral totalmente diferenciada del resto de jueces y empleados que hoy participan del paro judicial. En otras palabras, no tenemos elementos en común respecto de ese argumento; de modo que no puede constar un trato paritario a destinatarios cuya situación laboral es abiertamente disímil y diferente. (Carta Política, artículo 13)

El comunicado de prensa del Consejo Superior de la Judicatura, sala administrativa, es inconstitucional, pues contiene medidas represivas de índole patrimonial desproporcionadas, desde la perspectiva de los recursos estatales disponibles para garantizar el reconocimiento y pago de salarios y prestaciones sociales de los servidores públicos de la Rama Judicial, generando expectativas de improbable satisfacción para quienes hoy somos, como jueces y miembros de ASOJUDICIALES, víctimas del paro judicial, máxime porque somos minoría.

Lo anterior implica que el Consejo Superior de la Judicatura, sala administrativa, el Director Ejecutivo Seccional de Bogotá y Cundinamarca, y resto de autoridades públicas inmersas en el actual problema del paro judicial, podrían estar sacrificando valores, principios y derechos fundamentales constitucionales sagrados, como la efectividad del derecho laboral del recurso humano de ASOJUDICIALES y la dignidad humana de los mismos.

La suscrita juez, está persuadida de que los sentimientos y huellas íntimas que está generando ese estado de cosas inconstitucional de la Rama Judicial, no son de provecho, interés o utilidad para el Consejo Superior de la Judicatura, el Consejo Seccional de la Judicatura, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Hacienda, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República.

Sin embargo, es mi deber, como miembro y Juez de la República independiente, expresar lo siguiente:

Abrigo profusa vergüenza por todo lo que en este momento acontece en la Rama Judicial. Siento más y más tristeza inconmensurable por saber al dedillo que no tengo forma de combatir tanta miseria humana, tanta decadencia institucional, tanta descomposición social y tanta corrupción estatal; sólo tengo el alivio espiritual de ser ejemplo para algunos y continuar trabajando con pundonor, honestidad y responsabilidad, al igual que el resto de jueces de ASOJUDICIALES.

Carmen Lucía Rodríguez Díaz.

Juez Civil de Bogotá

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