Víctor David Lemus Chois
Juez Administrativo
La creación de plantas permanentes en la Rama Judicial y la reducción de las medidas de descongestión crónicas, constituyen un avance para el desarrollo de los principios de autonomía, independencia e imparcialidad judicial. Mejora las cargas de trabajo de los despachos judiciales y acaba con la zozobra de los abogados litigantes que cada mes quedaban sin saber qué iba a ocurrir con su proceso. Sin embargo, esto no es suficiente.
La implementación del sistema oral o por audiencias, que mejora aspectos como la concentración en las decisiones judiciales, la inmediación del juez con las partes, que tiende a una mayor celeridad en los juicios; propicia también el incremento en la entrada de procesos judiciales, que la sociedad civil antes se abstenía de llevar ante la administración de justicia, al percibir que podrá resolver sus conflictos de una manera oportuna, pronta y eficaz.
No obstante, la mayor demanda de justicia también comienza a incrementar el gasto de inversión de la Rama Judicial, que requerirá de un mayor número de jueces, salas de audiencias y demás sistemas de apoyo administrativo, para lograr cumplir con los tiempos de respuesta requeridos por la ciudadanía. Infortunadamente, bien por escases de presupuesto o por pésima ejecución de los recursos de inversión asignados, la administración de justicia se encuentra impotente para responder a la avalancha de justicia que ya se reclama con la vigencia del Código General del Proceso.
En pocos meses, y sin que haya entrado a regir a plenitud la nueva normativa, la jurisdicción civil afronta unas cargas de trabajo gigantescamente absurdas – en promedio ingresan veinte procesos diarios a cada juzgado, sin contar tutelas- que han dejado perplejos a los actuales jueces. Es decir, que la crisis que ya tienen las jurisdicciones penal y de lo contencioso administrativo se profundizaran, con la que a partir de enero de 2016 explotará en la jurisdicción ordinaria.
Más allá de las necesarias inversiones para implementar la oralidad y los juicios presenciales, el futuro cercano exige que de manera inmediata se comiencen a concretar planes e inversiones para que la administración de justicia pueda desarrollar la oralidad en la web. La implementación del verdadero expediente digital – que no es simplemente escanear papeles, como creen algunos- debe permitir que los juicios del futuro puedan adelantarse en línea, con un sistema que permita el manejo virtual desde el ingreso de la demanda y que las audiencias puedan efectuarse entre las partes y el juez a través de videoconferencia, que hagan innecesario a los abogados tener que desplazarse permanentemente a los estrados judiciales y facilitan a los jueces su labor de trámite y decisión de los procesos, con la velocidad que exige la sociedad virtual del siglo XXI.
Por lo pronto, los servidores judiciales y los usuarios de la justicia continuaremos padeciendo en el 2016 una administración de justicia con una organización del siglo XVIII, una gestión administrativa del siglo XIX y una burocratización del siglo XX, agravadas con una mentalidad del siglo XII.