Asojudiciales tiene como una de sus banderas esenciales la defensa de los derechos e intereses de las juezas y los jueces, y frente al tema de la calificación de servicios, como elemento esencial de la carrera judicial que, a su vez, es una garantía de la independencia judicial, se ve en la necesidad de pronunciarse frente al Acuerdo PCSJA18-10883 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, mediante el cual fija el rendimiento esperado para el año 2018, donde desconoce abiertamente derechos fundamentales de las mujeres de la Rama Judicial.
Conforme a lo estipulado en el Acuerdo Colectivo 2017, suscrito entre el Consejo Superior de la Judicatura y ASONAL JUDICIAL S.I., ASONAL JUDICIAL y SINTRANIVELAR COMUNEROS, se ha reunido en la Ciudad de Bogotá la Comisión bipartita que revisa el acuerdo de calificación de los Jueces. Esta comisión deberá presentar un proyecto de modificaciones y ajustes dentro del primer trimestre del año 2018.
En los debates suscitados en dicha mesa de trabajo se han discutido diversos aspectos de la mayor relevancia en torno a la herramienta legal que deben aplicarse a la calificación de los jueces, cuyas reglas deben ser respetuosas de su independencia y autonomía. Sin embargo, mientras que frecuentemente se celebran foros, se instalan mesas de trabajo, y se activan los debates en torno a la importancia de la conexión entre género y justicia, porque las leyes y las decisiones judiciales no pueden reproducir estereotipos que actúan como barreras para acceder a su recta e imparcial aplicación, parece que el trato que las autoridades y el ordenamiento jurídico otorgan a las juezas en un aspecto tan relevante como la calificación, que garantiza su permanencia en el cargo, es un ámbito completamente ajeno a la aplicación de políticas diferenciales por el género, pese a que la mayoría de los cargos de la Rama Judicial son ocupados por mujeres.
Pareciera entonces que el género es sólo un discurso para el Consejo Superior de la Judicatura. No existe ninguna norma que en la calificación del trabajo de las juezas contemple la aplicación de reglas diferentes, acordes con los distintos roles que desempeñan en la sociedad. Habrá que renunciar entonces a un proyecto de vida que contemple la maternidad o el cuidado de la familia como precio para acceder a un alto estándar de calificación en nuestro trabajo?, la única manera de acceder a los estímulos y beneficios que representan una calificación con las más altas notas es dejar de lado roles que pertenecen a las mujeres?. Roles que se encuentran protegidos por la Constitución Política y que algunas por opción personal quieren seguir cumpliendo. Desde la visión normativa del Consejo Superior de la Judicatura se desconoce este básico y esencial valor de las libertades y del pluralismo constitucional.
Creemos que lo apropiado y justo en este caso es establecer reglas y aplicar políticas que permitan a las mujeres desarrollar su proyecto de vida y a la vez aportar a la justicia el enorme valor de lo femenino.
Como hacerlo? Creemos que todo instrumento legal que se refiera a la labor de las juezas debe contemplar políticas que les permitan conciliar la vida privada y la actividad profesional, para que las mujeres puedan desarrollar una carrera en la Rama Judicial en idéntica condición que sus compañeros, pues la evaluación del trabajo y el otorgamiento de estímulos demasiado ligados al criterio de la productividad sin duda desconoce la realidad de las mujeres. Creemos en el criterio del mérito como principio justo para garantizar la permanencia en la carrera y el otorgamiento de estímulos, sin embargo, en este ámbito deben ser aplicadas acciones afirmativas, para que las mujeres libremente puedan escoger su proyecto de vida, de manera que, si así lo desean, puedan tener una familia y ocuparse de ella, sin que ello impacte su trayectoria profesional, sólo así sería posible superar la brecha entre igualdad formal de oportunidades y justa igualdad de oportunidades. A lo anterior se debe añadir que las mujeres merecen la misma representación en las instancias decisorias de la Rama, en el momento actual es incontrovertible que “…la sub representación de las mujeres en la sociedad civil, en la vida política y en el alto funcionariado de la administración pública constituye un déficit democrático.” [1]
Si bien se ha avanzado significativamente en nuevos acuerdos entre hombres y mujeres sobre el reparto de roles en la familia, en el momento actual no podemos sostener que los varones han ingresado definitivamente a los espacios privados, permitiendo así a las mujeres ingresar en igualdad de condiciones en los espacios públicos. Basta para demostrar lo anterior que observemos cuántos miembros de nuestros equipos de trabajo, distinguiendo entre hombres y mujeres, nos han solicitado permiso laboral para ocuparse de tareas propias del cuidado de los hijos y la familia, veremos que en la mayoría de las ocasiones estas tareas recaen en las mujeres. No se trata de adoptar medidas que permitan perpetuar esta situación, que exige la duplicidad de roles sólo para un género, sino de comprender el momento actual de la cuestión y adoptar medidas transitorias que permitan superar la brecha y alcanzar la igualdad.
Pero qué vemos con la expedición del Acuerdo PCSJA18-10883 mediante el cual se estableció el rendimiento esperado para el año 2018? simplemente no existe ninguna norma o disposición que tenga en cuenta esta realidad material y cultural de las mujeres colombianas en la Rama Judicial. Nos preguntamos si el papel de la mujeres dentro del órgano de gobierno ha tenido alguna significancia o peso específico dentro de la implementación de políticas a favor de la igualdad material a través de acciones afirmativas como las que esperábamos que se concretarían con su presencia. O son simples formas y buenas maneras para mantener un statu quo que nadie quiere cambiar pero donde todos en público asistimos a los foros, a los talleres, a los discursos y demás vanidades públicas?. Esperamos que esto no sea así sino que se refleje en políticas, programas y acciones específicas y prácticas que tengan en cuenta a las mujeres reales de la Rama Judicial.
[1] En Acciones Afirmativas. México, 2011. Coordinador: Mario Santiago Juárez.