El primer trimestre de 2015 propició algunos espacios de debate sobre la reforma a la justicia planteada en el proyecto de equilibrio de poderes, que permitió a los jueces y magistrados exponer sus opiniones y crÃticas al respecto. Infortunadamente durante la primera vuelta surtida en el año 2014 fue poco el debate que surgió a instancias de la Rama Judicial. Se destacan los conversatorios promovidos por ASOJUDICIALES junto con la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional y el Colegio de Abogados de la misma Alma Mater. Los videos se encuentran disponibles en nuestra página web.
No obstante, resulta importante destacar de los recientes foros ciertos tópicos o aspectos coincidentes entre los servidores judiciales que hemos tenido la oportunidad de exponer públicamente nuestra opinión y que de algún modo recogen las inquietudes de la mayorÃa. Los sintetizarÃa de la siguiente forma:
- La Rama Judicial se encuentra en crisis. Estamos ante el más bajo Ãndice de credibilidad de nuestra historia republicana, se presentan dolorosos escándalos en casi todas sus corporaciones y se mantienen los problemas crónicos de presupuesto, planta de personal insuficiente y de nivelación salarial de una importante proporción de servidores judiciales.
- La reforma a la justicia no es seriamente abordada en el proyecto. Para el Gobierno y los legisladores las preocupaciones del proyecto se concentran en temas electorales (reelección, inhabilidades y conformación de listas) y en la creación de fueros especiales de juzgamiento para los altos funcionarios del Estado. La Administración de Justicia no es el objeto central de la reforma, sino que constituye una respuesta direccionada por escándalos mediáticos, que puede terminar por descuadernar la poca coherencia estructural que se estableció en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991.
- El nuevo modelo de gerencia de la Rama Judicial puede crear desequilibrios internos y externos muy graves que afectan su independencia y autonomÃa. No necesariamente ello implica que el modelo planteado en el proyecto sea absolutamente malo. Aspectos como el concurso de méritos para conformar la lista de candidatos de algunas de las Altas Cortes, la participación de los jueces y empleados en el Consejo de Gobierno Judicial, la creación de una Dirección de la Magistratura y de la Comisión de Carrera, la formación en polÃticas públicas de los miembros permanentes de la Junta de Administración judicial y del Director Ejecutivo, constituyen, en principio, iniciativas positivas. No obstante, la inexistencia de un proyecto de reforma a la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia que desarrolle y reglamente adecuadamente estos nuevos órganos y cargos, puede desembocar durante la transición, en la injerencia indebida del Ejecutivo en la autonomÃa de la Rama Judicial ante la incertidumbre sobre la manera como la Junta de Administración podrá ejercer un control adecuado y efectivo sobre el Gerente de la Rama y el Director de la Magistratura, que impida un intromisión o presión indebida de estos nuevos funcionarios en la actividad judicial. Temor fundado en la preponderancia histórica del Presidente de la República sobre los demás poderes públicos, que trató de limitarse un poco en la Constitución de 1991. En este sentido hasta Claudia López, que se considera una senadora democrática y progresista, en una de sus últimas constancias propone que en el órgano de gobierno de la Rama Judicial esté el Ministro de Justicia y el Ministro de Hacienda, con lo cual se estarÃa retrocediendo materialmente al pésimo modelo de gerencia judicial que existió durante la Constitución de 1886.
- La inexistencia de espacios para que el Poder Judicial sea promotor de una deliberación democrática de la reforma. Como lo señalé al comienzo, solamente en esta segunda vuelta se ha convocado a los servidores judiciales de todos los órdenes para que expongamos nuestras opiniones sobre la reforma. Empero, esta participación no resulta más que formal y académica, contraria a la democracia contemporánea, que es una democracia deliberativa, es decir, donde las decisiones se construyen conjuntamente entre quienes crean la norma y sus destinatarios. Allà radica la verdadera legitimidad tanto interna como externa de la Administración de Justicia, que ha defendido esta agremiación de jueces.
En resumen, la verdadera salida a la crisis de la Administración de Justicia requiere de ciertos elementos de vital importancia, que brillan por su ausencia en el proyecto de equilibrio de poderes:
- Un proyecto integral que se ocupe de todos los aspectos de la Rama Judicial: sobre su financiamiento, sobre su estructura funcional y administrativa, sobre un estatuto laboral y de carrera judicial.
- Que tome como referencia obligatoria los estándares internacionales sobre independencia judicial: Los Principios básicos relativos a la independencia de la Judicatura (Resoluciones 40/32 y 40/146 de 1985 de Naciones Unidas) y el procedimiento para la aplicación efectiva de los Principios Básicos Relativos a la Independencia de la Judicatura (Resolución 44/12 de 1989 de Naciones Unidas); los Principios de Bangladore sobre la Conducta Judicial (2002), el Estatuto Universal del Juez (1999) y el Estatuto del Juez Iberoamericano (2001).
- Que permita una participación deliberativa de los servidores judiciales, con independencia de que la iniciativa del proyecto provenga de otras ramas del poder público.
- Que utilice como documentos de discusión y trabajo las iniciativas y proyectos elaborados en el seno de la Rama Judicial, como el presentado en el año 2012 por el Consejo de Estado.