Asojudiciales recibió respuesta al derecho de petición que dirigió al Ministerio de Hacienda planteando interrogantes sobre el presupuesto de la Rama Judicial, la viabilidad presupuestal de la ampliación de las plantas y el pago de la prima especial a los Jueces.
Conforme a la respuesta enviada a ASOJUDICIALES por el Ministerio de Hacienda, el Consejo Superior de la Judicatura solicitó en el mes de octubre de 2014 la creación de 10.933 cargos permanentes en la planta de la Rama Judicial, sin embargo el Ministerio no dio trámite a esa solicitud teniendo en cuenta que su costo no está contenido en el marco de gastos de mediano plazo 2015-2018, ni en el marco fiscal de mediano plazo 2015-2025, ni en las apropiaciones presupuestales asignadas en la ley anual de presupuesto para la vigencia 2015, que para entonces se encontraba en la etapa final de aprobación en el Congreso de la República.
Para el año 2015 se apropiaron $514 mil millones de pesos para la implementación de leyes y medidas de descongestión, y la creación de cargos permanentes sólo puede hacerse, según el Ministerio de Hacienda, orientando los recursos que de esta suma queden tras garantizar la continuidad  de las medidas de descongestión, asunto en el cual trabaja el Consejo Superior de la Judicatura y sobre el cual no ha presentado aún la propuesta.
En cuanto a la prima especial del 30%, igualmente se dio respuesta a nuestras inquietudes señalando MInhacienda que debe pagarse de conformidad con el rubro sentencias y conciliaciones y no se han apropiado recursos adicionales para el pago de la misma.
ASOJUDICIALES considera que todos los Jueces tenemos derecho al pago de nuestro salario y a  la liquidación de nuestras prestaciones sociales de conformidad con la sentencia de unificación del Consejo de Estado de fecha 24 de agosto de 2011 y la nulidad de los decretos anuales expedidos por el Gobierno Nacional sobre la prima del 30%.
Con respecto al presupuesto de la Rama Judicial para el año 2015 se estableció una regla de control mediante la ley anual de presupuesto que desde nuestra perspectiva es inconstitucional porque viola la autonomÃa presupuestal de la Rama Judicial y la somete a la autorización del ejecutivo.
En cuanto a la descongestión, ASOJUDICIALES mantiene su postura de que éste es un concepto que debe excluirse para siempre de la administración de justicia, pues el acceso permanente a la misma es un derecho humano que no se garantiza con la creación de cargos transitorios.
ASOJUDICIALES, está comprometido con la lucha por tres temas principales: prima especial de los jueces, ampliación de la planta permanente de la Rama Judicial y evaluación de los Jueces, tal como se plantea en el pliego de peticiones 2015, cuyos negociadores serán elegidos en la Asamblea General del próximo 18 de febrero. Esperamos que las Juezas y los Jueces se unan de manera decidida al reclamo por estos derechos.
Esta es la respuesta completa del Ministerio de Hacienda al derecho petición Asojudiciales.
Igualmente, aquà encontrara los anexos de la respuesta: el estudio del CSJ para hacer la solicitud de creación de 10.933 cargos y los conceptos jurÃdicos relativos a la remuneración de los jueces :
NECESIDADES DE CARGOS PERMANENTES
CONCEPTO JURIDICO FUNCION PUBLICA
CONCEPTO JURIDICO DIRECTOR GENERAL DE PRESUPUESTO ENERO 2015