El pasado 27 de febrero ASOJUDICIALES radicó oficialmente el pliego de peticiones aprobado en la asamblea general.
ASOJUDICIALES espera que en la negociación colectiva el Gobierno nos reconozca como vocero legÃtimo de los derechos e intereses de las Juezas y los Jueces de Colombia teniendo en cuenta que somos el único sindicato de gremio. Es necesario que todos los jueces se vinculen a este reclamo por nuestros derechos, para que no queden nuevamente en riesgo, por atribuirse su defensa aquellos que no conocen su contenido y alcance, como en experiencias recientes.
Son tres los ejes esenciales de la negociación:Â
Ampliación de la Planta Permanente de Personal.  El Gobierno Nacional ampliará la planta permanente de los despachos judiciales de manera inmediata teniendo en cuenta que la demanda de justicia desde 1993 y 2013 creció en un TRESCIENTOS TRES POR CIENTO (303%), que se encuentran vigentes lista de elegibles de JJC, los recursos apropiados de manera general para el año 2015 fueron 514.1 mil millones (Ley 1737/2014, D. 2710/2014), Ley 1743 de 2014 y Decreto 272 del 17 de febrero de 2015. Estos recursos serán utilizados de manera prioritaria y la prórroga de cargos de descongestión estará supeditada a la iniciación de la implementación de la planta permanente de la Rama Judicial, empleados, jueces y magistrados. Para tal efecto se observarán los principios de carga y rendimiento razonable, cargos mÃnimos, idóneos y suficientes, profesionalización de la planta de los juzgados, evaluación periódica de las cargas, pérdida de competencia del proceso anualmente, principio de oralidad, la digitalización,  entre otros.
Cumplimiento de las Sentencias Judiciales. El gobierno dará cumplimiento a la sentencia de la Sala Plena del Consejo de Estado, Sección Segunda de Conjueces, del 29 de abril de 2014, expediente No. 11001-03-25-000-2007-00087-00, número interno 1686-07, Conjuez Ponente: MarÃa Carolina RodrÃguez Ruiz. En consecuencia se comprometerá a: (i) no seguir reproduciendo el contenido de la norma anulada, pese a que está pendiente la nulidad de los artÃculos entre los años 2008 a 2014, por expresa prohibición del numeral 6 del artÃculo 9 del CPACA. (ii) reconocer y pagar a todos los jueces de la república los factores salariales y prestaciones, incluyendo los aportes para salud y pensiones, sobre el 100 % del sueldo básico. (iii) Incluir en el decreto anual que expide el Gobierno Nacional el monto entre el 30 y 60% que debe ser reconocido a los jueces por concepto de la prima mensual sin carácter salarial ordenada en el artÃculo 14 de la ley 14 de 1992. (iv) apropiar todos los recursos que sean necesarios para dar cabal cumplimiento a dispuesto en la Constitución PolÃtica, la Ley 4 de 1992 y el precedente judicial en materia de salarios y prestaciones sociales de los servidores judiciales. (v) La administración de la rama judicial se compromete en adelante, para efectos de la ampliación del número de jueces, que los costos salariales y prestacionales que genere el cargo de juez se presupueste teniendo el 100% del básico y el reconocimiento y pago de la prima mensual sin carácter salarial, de conformidad con lo expuesto.
Sistema de Evaluación y Calificación de los Empleados y JJC. Se revisará el Sistema de Evaluación y Calificación de JJC, para tal efecto las normas vigentes (Acuerdos 10281/2014, 10289 y 10290/2015) se aplicarán de manera pedagógica para el perÃodo a calificar del 2015. Durante este mismo perÃodo se conformará una mesa de concertación entre voceros de los jueces por jurisdicción y distrito, los sindicatos, con el objeto de revisar los principios y su aplicación práctica, los criterios de carga y rendimiento razonable, anualidad del proceso, casos, situaciones y competencias especiales, planta modelo por jurisdicción, distrito o especial, la congestión, productividad y rendimiento esperado, entre otros. Los resultados del seguimiento y evaluación pedagógica de las normas precitadas, se adoptarán de manera concertada y el CSJ o quien haga sus veces, adoptará de manera autónoma las modificaciones normativas que se recomienden y resulten pertinentes.
La estrategia consiste en socializar nuestro pliego con los jueces en los distritos y jurisdicciones, llevar a la mesa de negociación la solicitud de ser escuchados  de manera especial debido a que somos el único sindicato de gremio, tratar de que se construyan mesas temáticas y técnicas para los temas propuestos  y que la negociación se cierre dentro de los términos legales. Eventualmente, de ser necesario, buscaremos que se asignen los recursos e instrumentos para garantizar el nombramiento de conjueces y solicitaremos la defensa de nuestros derechos ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.  Igualmente está prevista una gran jornada nacional exigiendo al presidente el cumplimiento de las sentencias que reconocen el derecho de los jueces a la prima especial y a la liquidación de sus prestaciones con el 100% del sueldo básico.
Aquà encontrará el texto definitivo del pliego de peticiones y su presentación: